SRE emitió lineamientos a embajadas y consulados sobre elecciones en otros países, tras polémica sobre felicitación a Biden

SRE emitió lineamientos a embajadas y consulados sobre elecciones en otros países, tras polémica sobre felicitación a Biden

La Secretaría de Relaciones Exteriores SRE envió una serie de lineamientos para que los diplomáticos mexicanos conozcan el procedimiento a seguir ante las elecciones en otras naciones.

De acuerdo con información de El Universal, es un documento que tiene por nombre Instrucciones acerca de pronunciamientos sobre resultados electorales en el extranjero y cambio de gobierno, el titular de la SRE, Marcelo Ebrard indica que las representaciones de México en el exterior y al personal de la cancillería ser “respetuosos” de los procesos electorales en otros países y únicamente pronunciarse cuando los resultados se den a conocer, conforma a las leyes y costumbres internas e instituciones.

Ante el proceso electoral de Estados Unidos, el presidente Andrés Manuel López Obrador mencionó el 10 de noviembre que esperarán el pronunciamiento oficial sobre el resultado de las elecciones en dicha nación.

Mientras que el 11 de noviembre el mandatario pidió a Marcelo Ebrard difundir el texto básico Doctrina Estrada a las embajadas y consulados de México. Ese mismo día, El Universal informó que el equipo del trabajo de Joe Biden se comunicó con la embajada de México en Washington para establecer comunicación entre el candidato electo y el Jefe del Ejecutivo en México.

Ante dicha petición, Martha Bárcenas, embajadora de México en Estados Unidos, comunicó al equipo de Biden que el país esperará para reconocer el triunfo del candidato electo, bajo la justificación en los principios de política exterior de no intervención.

Marcelo Ebrard solicitó en relación con los procesos electorales de otras naciones que no se debe intervenir en los asuntos internos de otros Estado. “México no otorga reconocimiento a otros gobiernos. Se limita a mantener o retirar, cuando lo crea procedente, a sus agentes diplomáticos y a continuar aceptando, cuando así lo considere procedente, a los similares agentes diplomáticos que las naciones respectivas tengan acreditados”.

Añade que tampoco se pronuncia por resultados de procesos electorales hasta que éstos no concluyan conforme a la legislación en dicha nación. Dicho proceso lo sustenta en los que se indica en la Doctrina Carranza de 1918 y la Doctrina Estrada de 1930.



Fuente: Infobae

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