¿Qué implica la reforma sobre subcontratación?

Por Diana Gómez

¿Qué implica la reforma sobre subcontratación?

En este país es un milagro casi casi, no haber sido contratado alguna vez en tu vida por vía outsourcing. En mi experiencia, fue la primera ocasión en que me sentí desigual al resto: a los compañeros que tenían vacaciones, los que no iban cada tres meses o cada año a renovar contrato, los que año con año veían crecer su aguinaldo o sus prestaciones mientras que yo solo recibía en el mejor de los casos, lo correspondiente al año de trabajo (y eso cuando era anual, por tres meses ni las gracias te dan).

Yo no entiendo a qué persona en su sano juicio podría decir que el outsourcing es bueno para el país, para la economía… ¿economía de quién? ¿del empresario? ¡claro! Son menos prestaciones y mayor certeza para sus finanzas al no tener que lidiar con la rotación laboral o los estragos de esta; ¿para el empleado? Una cosa es que seamos una generación que no piense en formar familias tradicionales como antes, pero por supuesto que nos gusta la estabilidad laboral y esa cosa, ¿Cómo se llama? Ah si, calidad de vida.

Creo que este tipo de reformas legales son las que realmente tienen impacto a corto plazo en la población, va a ser más perceptible para ellos que la reforma para crear la Guardia Nacional (dos años operando y sin resultados) o que la de CFE, que beneficia a... CFE, (como Empresa Productiva del Estado, OJO, no como parte sustancial e impulsora del desarrollo -económico o social- del país). Y es que, si uno revisa el Marco Legal actual, se encuentra con artículos que promovían la subcontratación, como el 13 de la Ley Federal del Trabajo, que tal cual señala que tu patrón no es tu jefe directo o a dónde acudes todos los días a trabajar, sino que tu patrón, “será la empresa que te contrate para realizar trabajos con elementos propios suficientes para cumplir las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores1”.

La propuesta que se está votando si permite la subcontratación siempre y cuando esta cumpla con la característica de ser un servicio u obra especializados que no forme parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de esta empresa, es decir, que la empresa no pueda cubrir esta necesidad con alguna de las áreas que existen en ella.

Existen ciertas instituciones (bancos) que tuvieron la buena idea de crear su propio centro de recursos humanos… subcontratados; para lo cual, esta reforma mandata que aunque cuenten con este tipo de “ramas”, seguirán considerándose con las condiciones arriba descritas, aunque pertenezcan a la misma filial, empresa o grupo empresarial.

Este proyecto de reforma también contempla la creación de un patrón de empleadores bajo este régimen, con el fin de que la Secretaría del Trabajo conozca la situación en que están operando y, sobre todo, que al ser contratantes, sus papeles referentes a obligaciones con el SAT, Seguro Social y operación mercantil, esté en orden conforme a la Ley.

Por otra parte, el artículo 127 sufre una modificación colocándole un límite a las utilidades que recibe un trabajador: “tendrá como límite tres meses de salario o el promedio de la participación recibida los últimos tres años”, para mi, esta modificación resulta negativa, y esperaría que esta propuesta viniera de los empresarios durante la negociación y no de algún legislador; porque de ser el segundo caso, no sabe para qué equipo trabaja.

Lo que corresponde de la reforma a la Ley del Seguro Social, son modificaciones conforme a las hechas a la Ley Federal del Trabajo, consolidando la figura de “responsable solidario” a la empresa que esté contratando estos servicios.

La propuesta comentada muy a la ligera en estas líneas fue aprobada el martes pasado en la Cámara de Diputados por 347 votos a favor, o sea, todos menos PAN. En esta semana será discutida en Senado; si el Senado la aprueba sin cambios, pasaría al Ejecutivo para su promulgación en unos meses.

Para finalizar, se me hace un buen esfuerzo por mejorar las condiciones legales de los trabajadores, que la mayoría de las veces, creemos que sólo tenemos la opción de firmar la renuncia y salir con las manos vacías, desconociendo que, a pesar de cualquier circunstancia ajena o propia, alguna vez pertenecimos a ese proyecto, y que al retirarnos no debemos de temer por pedir más que lo justo. No más.



________________________________________________1 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_300321.pdf

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