Invalidan reforma que otorgaba a Layda Sansores facultad para aprobar obras públicas de gran impacto

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México invalidó recientemente una reforma en la Ley de Obras Públicas del Estado de Campeche, promovida por la gobernadora Layda Sansores. Esta reforma permitía llevar a cabo obras públicas "de interés estatal de gran impacto" sin necesidad de obtener las licencias y permisos de los municipios involucrados. La sentencia se dio en respuesta a una controversia promovida por el Ayuntamiento de Campeche, bajo la dirección de la alcaldesa Biby Karen Rabelo de la Torre, quien es parte del partido Movimiento Ciudadano.
Durante la sesión del 13 de enero de 2024, los ministros de la SCJN coincidieron en que la reforma excedía las facultades del Poder Ejecutivo y violaba la Constitución Política de México. El presidente de la corte, Hugo Aguilar, destacó que es fundamental respetar la división de competencias establecida en la Constitución, y que la ley en cuestión comprometía la autonomía municipal al eliminar la necesidad de permisos locales para dichas obras.
El artículo 2 de la ley que fue invalidado permitía que las obras de gran impacto estatal se ejecutaran con beneficios y excepciones que la ley estatal otorgaba. El ministro Irving Espinosa Betanzo y la ministra Loretta Ortiz también enfatizaron que las modificaciones no eran compatibles con la autonomía municipal garantizada por el artículo 115 de la Constitución.
Este fallo es un importante recordatorio sobre la importancia de las competencias constitucionales en la administración pública y la autonomía de los gobiernos municipales en México.

Comentarios